• Mediación Familiar

La mediación es un proceso de solución pacífica de los conflictos en el ámbito familiar regulado por la Ley, su finalidad es prevenir o minimizar los conflictos intrafamiliares, evitar la apertura de procedimientos judiciales de carácter contencioso, poner fin a los ya iniciados o reducir sus consecuencias negativas, así como a facilitar a las partes en la mediación el cumplimiento de sentencias judiciales que afecten a las relaciones familiares.

Sus principios informadores son:

  1. Voluntariedad y libre disposición de las partes para iniciar el proceso y para finalizarlo en cualquier momento
  2. Igualdad de las partes.
  3. Neutralidad e Imparcialidad del mediador actuante, que no podrá adoptar decisiones alineándose de forma interesada con parte alguna, influirlas o dirigirlas hacia la consecución de soluciones conforme a su criterio personal o imponer soluciones.
  4. Confidencialidad respecto a las entrevistas y a los datos y documentos producidos en el procedimiento de mediación. El principio de confidencialidad afecta tanto al mediador como a las partes que intervienen en el procedimiento de mediación
  5. Los participantes en el procedimiento de mediación actuarán conforme a las exigencias de la buena fe.

Os acompañamos en el proceso de mediación para que ambas partes solucionéis vuestros conflictos familiares encontrando soluciones beneficiosas para todas las partes, al finalizar el procedimiento, el mediador redactará el documento con los acuerdos alcanzados, en caso de no existir acuerdos, se hará constar este extremo. En aquellos casos en los que el resultado de la mediación pueda producir efectos en un procedimiento judicial, el mediador entregará a las partes implicadas un certificado, en el que se hará constar la fecha de iniciación y finalización del procedimiento, y si han alcanzado o no, algún acuerdo, sin especificar ningún otro dato.

La duración de la mediación dependerá de la naturaleza y complejidad de la situación y no podrá exceder de tres meses desde la sesión inicial. No obstante, podrá prorrogarse por otros tres meses a solicitud de las partes, cuando el mediador aprecie la posibilidad de llegar a acuerdos, lo que convierte a la mediación en un proceso rápido para solucionar conflictos familiares, adecuada en temas de divorcio, separaciones de parejas no casadas, liquidación del régimen económico de gananciales y modificaciones de medidas, incluidas las pensiones de alimentos y la guarda y custodia de los hijos