¿Qué pasa si perdemos el móvil y denunciamos que nos lo han robado?. En ocasiones puede surgir la tentación de denunciar el robo de nuestro teléfono móvil cuando lo hemos perdido bien para evitar la regañina en casa o bien para conseguir la indemnización que puede abonar el seguro del hogar o el propio seguro que hacemos al teléfono móvil, lo que es MUY MALA IDEA porque esa acción que nos parece tan sencilla es un delito castigado en el Código Penal.?.
El artículo 457 del Código Penal establece que este delito será castigado con una multa de seis a doce meses. Vamos a explicar
– La acción que se castiga es la de simular ante funcionario público ser víctima de una infracción penal o denunciar una inexistente provocando actuaciones procesales.
-¿Quiénes son los funcionarios públicos? funcionario público es un agente de la policía y también lo es un funcionario judicial, por lo que sería igual hacer la denuncia ante la Policía, la Guardia Civil o el Juzgado de Guardia.
-Simular haber sido víctima de una infracción penal o denunciar una inexistente provocando actuaciones procesales es cuando, por ejemplo, hemos perdido el teléfono móvil y denunciamos que nos lo han robado se pone en marcha «la maquinaria» policial y judicial porque cuando la denuncia se interpone la policía inicia unas labores de investigación sobre el hecho denunciado que revista carácter de delito.
-Un robo o un hurto es un delito que la policía siempre investiga, da igual que en la denuncia se haga constar que no se ha visto a nadie que pueda ser el ladrón porque el teléfono estaba en el bolso que habíamos dejado en una silla o en el bolsillo de un abrigo o de una cazadora o encima de una mesa, da igual que en la denuncia se haga constar una descripción general del presunto ladrón, como que era alto o bajo, rubio o moreno, que vestía con un pantalón o una camiseta de tal o cual color, pero que no se le ha visto bien porque todo ha pasado muy rápido y no se le puede identificar.
La policía siempre va a investigar dónde sucedieron los hechos, si hay cámaras en la zona que hayan podido grabar el incidente, si hay testigos, si existe un seguro que pague una indemnización por el robo del teléfono móvil, etc. Toda esta labor de investigación y las conclusiones a las que llegue la policía son comunicadas al Juzgado, si la policía concluye que no ha habido ningún delito y que el denunciante se ha inventado que le han robado se lo comunica al Juzgado, iniciando las actuaciones procesales a las que se refiere el artículo 457 del Código Penal.
–¿Nos pueden condenar por denunciar como robo una pérdida del teléfono móvil aunque no hayamos identificado a nadie como el ladrón?, la respuesta es SI, aunque no acusemos a nadie de haber cometido un delito resulta que estamos simulando que hemos sido víctimas de un delito y hemos provocado una actividad policial y judicial, que es uno de los elementos que recoge el tipo del artículo 457 del Código Penal para acreditar que hemos cometido el delito de «Simulación de Delito».
-¿Cuál es la condena? el artículo 457 del Código Penal establece para la simulación de delitos la pena de multa de seis a doce meses, pero ¿cómo se establece esta multa?: la pena de multa se impone por el sistema de días-multa y la cuota diaria tendrá un mínimo de 2 euros por día y un máximo de 400 euros por día, tal como viene establecido en el artículo 50. 1, 2 y 3 del Código Penal.
-¿Esto quiere decir que hay pagar todos los días una cantidad establecida en una sentencia? la respuesta es NO, la pena de multa se impone por meses y se establece una cantidad diaria, por ejemplo, supongamos que nos condenan por simulación de delito a una pena de multa de 9 meses con una cuota de 5 euros al día, para saber la cuantía total de la multa a pagar habría que convertir los 9 meses en días para lo que se cuentan los meses como si todos tuvieran 30 días, es decir, habría que multiplicar 9 x 30= 270 días, así los 9 meses serías 270 días de multa, como la sentencia establece 5 euros al día para hallar el total habría que multiplicar 270 días x 5 euros al día= 1350 euros.
El total de la pena de multa de 9 meses con una cuota de 5 euros diarios sería de 1350 euros por haber denunciado como robo la pérdida del móvil y, además, si la compañía aseguradora ha pagado la indemnización por robo podría acusar por estafa, que sería un delito más que se añadiría al de simulación de delito y aumentaría la condena, pues en lugar de ser condenado por un delito: simulación de delito, podría ser condenado por dos delitos: simulación de delito y estafa.
-El delito de simulación de delito es diferente al delito de denuncia falsa, que tiene una condena de prisión y multa dependiendo de la gravedad del delito que se denuncie falsamente.
La diferencia entre estos dos delitos se encuentra en que el delito de denuncia falsa se imputa a una persona concreta la comisión de un delito con conocimiento de la falsedad de esa imputación, es decir, se acusa a una persona concreta de haber cometido un delito sabiendo que no lo ha cometido con total desprecio hacia la verdad.